Se viene un nuevo feriado en octubre

En busca de reactivar al sector turístico que atraviesa un año complejo, el Gobierno de Javier Milei dispuso días atrás que la celebración del 12 de octubre en el que se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, pase del domingo al viernes 10. De esta manera, se forma un fin de semana largo.

La decisión da la posibilidad de descansar tres días consecutivos y es una posibilidad para que miles de argentinos se desplacen hacia destinos como las Cataratas del Iguazú, Patagonia y Costa Atlántica. Pero frente a este cambio, surge la duda de la naturaleza de este asueto, puesto que puede ser un feriado o un día no laborable.

¿El viernes 10 de octubre es feriado o día no laborable?

Según la resolución 139/2025, se traslada el asueto del 12 de octubre de este año al día viernes 10 de octubre. Por lo tanto, se trata de un feriado nacional y no de un día no laborable. De esta forma, el feriado forma un fin de semana largo de tres días.

Por lo tanto, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical.

Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.

En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador.

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¿Qué otros feriados quedan en 2025?

Luego de pasar septiembre, sin feriados, y el mencionado de octubre, el próximo será a fines de noviembre, que será extra largo. Es que se traslada el Día de la Soberanía Nacional, originalmente previsto para el 20 de ese mes, al lunes 24, y se incorpora un feriado no laborable con fines turísticos el viernes 21.

Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos por el Día de la Soberanía.

Lunes 24 de noviembre: feriado por el Día de la Soberanía.

Lunes 8 de diciembre: feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María.

Jueves 25 de diciembre: feriado por Navidad.

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