Me ha llegado una cédula por una causa contravencional. “Proyecto de ordenanza, limpieza y mantenimiento obligatorio de patios, propiedades, veredas y terrenos baldíos en la ciudad”.
En la localidad de Gobernador Ugarte tengo una manzana y alguien me denuncia por una infracción que no estoy cometiendo, alegando a que el “estado” del terreno atenta contra el medio y salubridad pública.
Me remito entonces a lo que se refiere el artículo 4 en donde se infracciona por:
Tener residuos tóxicos: no tengo.
Basura: No hay.
Yuyos y maleza: No hay, ya que hay animales que también mantienen el pasto corto.
Obstruir calles: No hay obstrucción de ninguna calle ni veredas.
No voy a talar árboles dentro de la manzana, porque están sanos y hay un artículo, el 10, de la misma ordenanza, que me multarían por hacerlo.
En todo caso, mayor motivo de infracciones, sería las maquinarias destinadas a fumigación que circulan libremente por el pueblo incluso en zonas urbanizadas. Eso sí que realmente atenta contra la salud pública.
Por lo que me planteo dos cuestiones: ¿Nos están cuidando realmente? ¿O sólo se trata de una necesidad de recaudación?
Adjunto foto del terreno “denunciado” por si alguien quiere darme una mano o alguna sugerencia acerca de lo que consideren que “atenta contra la salud pública”.
María Leticia Faramiñan Beati
DNI 25.495.362
Gobernador Ugarte, partido De 25 de Mayo.