Saladillo se suma a la emisión de certificados de aptitud ambiental

La Municipalidad de Saladillo, junto a los municipios de Castelli, Trenque Lauquen, Pila y Puan firmaron convenio con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) para expedir estos documentos a los establecimientos industriales clasificados en la 2° Categoría.

El director ejecutivo del OPDS, Juan Brardinelli, acompañado por el director provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, Luis Couyoupetrou, firmó convenios con los intendentes Sebastián Echarren de Castelli, Gustavo Walker de Pila, Facundo Castelli de Puan, José Luis Salomón de Saladillo y Miguel Fernández de Trenque Lauquen, a partir de los cuales los municipios transfieren al Organismo la facultad de expedir los Certificados de Aptitud Ambiental (CAA) a los establecimientos industriales previamente clasificados en la 2° categoría.

“Estamos comprometidos para estar al lado de los municipios en todo lo que necesiten. Nos interesa que puedan llevar adelante sus políticas ambientales y en este sentido es que trabajamos para que todos puedan desarrollar estas capacidades” aseguró Juan Brardinelli, quien remarcó: “debemos atender a las diversas realidades que tienen los municipios, poner el foco en esas particularidades y no pensarla como una masa homogénea”.

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Por su parte, el director provincial de Evaluación de Impacto Ambiental del OPDS, Luis Couyoupetrou, sostuvo: “Volvemos al espíritu original de la ley 11.459, que sean los municipios los que decidan la zonificación y la radicación de las industrias tanto en el nivel ambiental como productivo que le quieran dar a su territorio. En esta transición algunos municipios puedan necesitar y nosotros tenemos la voluntad política, profesional y técnica de trabajar justamente para darles las capacidades necesarias para que esa radicación sea como plantea la ley siempre en el marco de un desarrollo sustentable”.

Los convenios tienen una duración de dos años, prorrogable por única vez por un año bajo razones fundadas, y durante su vigencia los municipios deberán arbitrar los medios y recursos técnicos y humanos necesarios para dotarse de la capacidad suficiente y necesaria, para que, una vez concluido retomen la facultad que les fuera conferida en la Ley Nº 11.459.

Cabe destacar que el OPDS se compromete a brindar asistencia técnica que permita a los municipios capacitarse con la asistencia de profesionales especializados en la materia.

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