Prorrogan hasta fin de año la prohibición de cortar servicios públicos

Se extiende de tres a siete las facturas impagas para que se proceda a cortar o suspender el suministro.

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago de las facturas, según un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado este domingo en el Boletín Oficial.

De acuerdo con el DNU 756/2020, el Poder Ejecutivo dispuso que “las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020”.

La norma especifica que “quedan comprendidos y comprendidas los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso. Si un usuario o una usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, se considerará a los efectos del presente, como una factura pagada”.

Related Post

Este DNU modifica plazos y fechas dispuestas en el decreto 311/2020 y extiende de tres a siete las facturas impagas para que se proceda a cortar o suspender el suministro.

En su artículo tercero el decreto también prorroga hasta fin de año el plazo de corte para los usuarios del sistema de servicio prepago de energía eléctrica. La norma también contempla el caso de usuarios y usuarias del sistema de servicio prepago de telefonía móvil o internet que no hubiesen abonado recargas para acceder al consumo y estira hasta el 31 de diciembre la obligación de los prestadores de “brindar un servicio reducido que garantice la conectividad”.

El Decreto N° 311/20 disponía que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital no podrían disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a las usuarias y a los usuarios alcanzadas y alcanzados por dicha medida, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020.

Dejanos tu comentario
Compartir

Últimas noticias

Recolectaron envases de fitosanitarios

Se recepcionaron 5.123 envases, entre los cuales se destacan 2.013 envases de 20 litros y…

junio 20, 2025

Colocaron cartelería de velocidad en Riestra

Tienen como objetivo ordenar el tránsito y establecer los límites de velocidad dentro de la…

junio 20, 2025

Está aprehendido y le cayó la detención por un robo anterior

La Policía de 25 de Mayo allanó una vivienda y secuestró la moto en la…

junio 19, 2025

EDEN y una obra clave para reforzar el sistema eléctrico en 25 de Mayo y la zona

Duplica la potencia instalada de la Estación Transformadora Bragado Transba

junio 19, 2025

Avanza la ampliación del CURS

Desde el Municipio se prevé para los próximos días la colocación de los pisos y…

junio 19, 2025

El gobierno actualizó el salario mínimo: quedó en $317.800

Es parte del esquema de subas escalonadas que prevé incrementos distribuidos en cinco tramos que…

junio 19, 2025