Suben las retenciones al petróleo convencional como consecuencia de la guerra en Oriente Medio.
La Secretaría de Energía subirá del 3,36% al 8% las retenciones a la exportación que se aplican al petróleo extraído en yacimientos convencionales de Chubut, Santa Cruz, Mendoza y Neuquén.
Es por la suba del precio internacional del barril, que este viernes volvió a superar los 100 dólares en medio del conflicto bélico en Oriente Medio.
La decisión apunta a gestionar el impacto de la suba del Brent en los precios internos de los combustibles, porque incentiva a los productores locales a venderle a un importe más bajo a las refinerías el crudo pesado del país.
Para el petróleo que se explota en Vaca Muerta no habrá cambios y la alícuota seguirá en un 8% del precio de exportación.
Esquema variable
A fines de enero, el Gobierno oficializó la baja de los derechos de exportación para el petróleo crudo proveniente de los campos convencionales.
Lo hizo a través de un esquema variable de alícuotas de derechos de exportación con la intención de viabilizar la inversión en yacimientos maduros de la cuenca del Golfo San Jorge (Chubut y Santa Cruz), Mendoza y también Neuquén. El objetivo fue hacer más rentables los yacimientos convencionales, que tienen costos de extracción más altos.
Con ese nuevo esquema, a fines de febrero se estableció una retención de 3,36% para el petróleo convencional, tomando en cuenta un precio promedio del crudo de US$ 71,30.
Sin embargo, debido a la disparada que experimentó la cotización del barril a partir del estallido de la guerra en Oriente Medio, esa retención volverá a subir al 8 por ciento.
Cuestión de cálculo
El ajuste es automático y, según EconoJournal, se basa en el artículo 7 del decreto 488/2020 donde se aclara que el último día hábil de cada semana la Secretaría de Energía “evaluará las cotizaciones promedio de los días transcurridos del mes en curso y las comparará con la cotización promedio vigente. Si entre ambas existiera una diferencia superior al 15%, fijará una nueva cotización, la que será aplicable a partir del primer día hábil siguiente”.
La suba de las retenciones al crudo convencional alcanza a todos los productos incluidos en los decretos 488/2020 y 59/2026, que incluyen tanto al petróleo crudo como a derivados (solventes, naftas vírgenes y combustibles pesados, entre otros).
La fórmula que rige actualmente establece que si el precio del barril de crudo Brent se encuentra por debajo de los US$ 65 la retención es 0% y si supera los US$ 80 es de 8%. Para valores intermedios, se utiliza una fórmula polinómica de ajuste que arrojó una retención de 3,36% tomando como referencia una cotización del crudo de US$ 71,30, que surge del promedio de los últimos cinco días de febrero.
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