Plaza Italia se defiende: “Jamás se incumplió con el fallo” del Tribunal de Penas

Estadio “El Capillero”

La comisión directiva del club Plaza Italia defendió la decisión de haber jugado el último domingo en su cancha ante Argentinos por los cuartos de final del torneo Apertura de primera división, y aseguró que “jamás incumplió con el fallo” del Tribunal de Penas. Además, piden a los integrantes del Cuerpo penalicio retomar sus funciones

Plaza Italia avaló su accionar asegurando que “jamás se incumplió con fallo alguno dado que claramente el Tribunal de Penas había aplicado una sanción de clausura de cancha por un partido limitada a equipo (art. 81 del RTP) por los hechos ocurridos en ocasión de un partido de 4ta. división”.

Por eso “jamás se presentó apelación alguna ni se discutió dicho fallo, sino que solamente se solicitó por nota a la mesa directiva de la Liga el día viernes previo al partido, en pleno acatamiento del fallo, que depositábamos la multa que se nos había aplicado para esa fecha y que se notificara a los rivales del futbol femenino, reserva y primera división que atento la sanción aplicada el estadio designado para jugar seria el nuestro, dado que se no se hallaba alcanzado por dicha sanción no mereciendo nuestra respuesta alguna en otro sentido”.

También señala el comunicado firmado por el presidente Javier De Marcos y el secretario Eduardo Villaverde, que “nuestra cuarta división, para el caso de superar los cuartos de final, jugaría en otro estadio o cedería la localía y así cumpliría su sanción y que por las características de funcionamiento del Tribunal”.

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Y remarcaron que “jamás nos dirigimos a ellos solicitando una aclaratoria dado que primordialmente no existían dudas ya que el art. 81 es clarísimo en su redacción y a su vez dicho Tribunal sesiona una vez a la semana, con lo que cualquier respuesta iba a ser posterior al partido y/o hubiera significado otra suspensión de fecha”.

En ese sentido, desde Plaza Italia señalaron que “en ninguna ocasión desoímos un fallo ni siquiera en aquellos casos donde, por ejemplo, por un mismo artículo (183 del RTP) se sancionó a un jugador de divisiones inferiores con 3 años de suspensión lo que implica alejarlo definitivamente del deporte y por el mismo artículo, a los jugadores de la primera división del club Pedernales en dicho último boletín, se les aplico sanciones de cantidad de partidos que alcanzan a unos pocos meses”.

“Esto último destacando que son mayores de edad con muchos años de primera división y una mayor comprensión de las consecuencias de sus actos y mucho menos futuro deportivo por delante”, agregaron.

Finalmente, solicitan “a los integrantes del Honorable Tribunal, sepan disculpar si las consecuencias de nuestros justos y acertados actos pudieron llegar a turbar vuestras personas y reflexionen retomando las funciones que decidieron abandonar”.

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