Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso este jueves la prohibición de la elaboración y venta en todo el país de un aceite de oliva por irregularidades en su rotulado que simulaba ser de una muy reconocida marca.
La medida se tomó porque no se pudo corroborar que el producto sea fabricado en un establecimiento determinado, ya que era comercializado por una empresa que no lo producía ni tenía la habilitación.
Según establece la Disposición 510/2026, publicada en el Boletín Oficial por la entidad a cargo de Luis Eduardo Fontana, se trata del producto rotulado como: “Aceite de oliva virgen extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml, L. C5-243003, FAB. JUN-2025, VAL. JUN-2026. Elaborado y Fraccionado por San Juan de los Olivos. RNE 18-002065 – San Juan – Argentina. Para: Agro Aceitunera S.A, RNE N° 12000041, RNPA N° 18-012138. Expectación F. de Avila S/N – Aimogasta – La Rioja – Argentina”.
En el documento se explica que las acciones se iniciaron por medio del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que sospechó sobre la veracidad del producto. Así, su Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos intervino y contactó a la firma para que identifique si el producto denunciado era apócrifo y, de ser así, que indique las diferencias con el genuino.
Sin embargo, el legítimo elaborador informó que el producto investigado no es fabricado por la empresa y desconoce su procedencia y contenido. Además enumeró las diferencias más notorias que identificó y, por tal motivo, la Anmat lo consideró ilegal.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”, sentenció el organismo.
Asimismo, determinó: “A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional”.
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