Elecciones: de cuánto es la multa y cómo justificar si no fui a votar

Las elecciones legislativas nacionales 2025 se realizaron este domingo 26 de octubre, y a diferencia de lo que pasó en el territorio bonaerense el 7 de septiembre que se usó la boleta “tradicional”, se hizo con la Boleta Única Papel (BUP). Pero aquel que no concurrió a votar, debe tener en cuenta la multa y cómo justificarlo.

Las personas entre los 18 años y los 70 eran las obligadas a votar, aunque los jóvenes a partir de los 16 pueden hacerlo si están en el padrón. De hecho, el Código Electoral establece que el voto es obligatorio para los ciudadanos argentinos, salvo casos puntuales de excepción. Y quienes no cumplan con la obligación de votar deberán justificar su ausencia o enfrentar multas y restricciones.

Además de la multa económica, quienes no voten ni presenten un justificativo válido serán incorporados al Registro de Infractores. Estar en esa lista pública implica restricciones para realizar trámites como renovar el DNI, obtener el pasaporte o iniciar gestiones previsionales, hasta regularizar la situación

Las sanciones económicas varían según la cantidad de infracciones acumuladas: parten de $50 por faltar a una primera elección y pueden escalar a $500 en el ámbito nacional. Algo simbólico aunque puede acarrear problemas por ejemplo para desempeñar cargos públicos durante tres años y de obtener certificaciones de antecedentes penales, lo que puede complicar viajes o contratos laborales en el exterior.

Cómo justificar la no emisión del voto

Quienes no hayan podido participar en las elecciones por razones justificadas disponen de un plazo de 60 días hábiles para presentar la documentación que respalde su ausencia ante la Justicia Electoral, según lo establece la Ley Electoral nacional.

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El procedimiento puede realizarse de forma digital a través del Registro de Infractores, donde es necesario cargar los documentos que acrediten el motivo de la inasistencia.

Para que la ausencia sea considerada válida, los electores deben presentar un certificado médico oficial si se trata de enfermedad o imposibilidad física, una constancia policial en caso de encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación, o documentación laboral que demuestre el cumplimiento de una función indispensable durante la jornada electoral.

Además, quienes hayan actuado como fiscales o como personal electoral en otra mesa también pueden justificar su no voto mediante la presentación de la documentación correspondiente. Una vez que la Justicia Electoral acepta la justificación y la documentación aportada, el elector queda exento de sanciones.

Para saber si una persona figura en el Registro de Infractores, se debe ingresar al portal correspondiente (infractores.padron.gob.ar) y completar el formulario con los datos personales.

Si el elector aparece en el registro, podrá abonar la multa a través de medios electrónicos autorizados. Una vez acreditado el pago o la justificación, la autoridad judicial dará por regularizada la situación y eliminará al ciudadano del registro.

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