En medio de en un contexto sensible en torno al tema discapacidad y tras una larga crisis con este sector vulnerable de la sociedad, el Gobierno nacional anunció este martes que mantendrá suspendidas 21.812 pensiones no contributivas por invalidez laboral, cuyos titulares tendrán un plazo de 30 días hábiles para presentar documentación que justifique la continuidad del beneficio.
La decisión se tomó en el marco de una auditoría que detectó presuntas irregularidades médicas y patrimoniales, aunque según el vocero presidencial, Adrián Ravier, aún no se hizo una presentación sobre los casos en la Justicia.
Durante su conferencia de prensa en la Casa Rosada, Ravier informó que la Secretaría Nacional de Discapacidad resolvió dejar sin efecto los restablecimientos cautelares de esas prestaciones debido a que, según afirmó, no se registraron presentaciones ni antecedentes médicos o socioeconómicos suficientes para justificar su continuidad.
“Es importante aclarar que esta medida no implica determinar que los titulares no presenten una incapacidad laboral, sino que no se cuenta con la información necesaria para verificar que continúan cumpliendo con las condiciones exigidas por la normativa”, explicó.
Ravier precisó que las personas alcanzadas por las suspensiones podrán presentar documentación médica y socioeconómica, justificar su ausencia en las auditorías o aportar otros antecedentes que permitan revisar su situación. Los trámites podrán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y de las oficinas territoriales de la Secretaría Nacional de Discapacidad, conforme al procedimiento que establezca el organismo.
Desde el Gobierno aseguran que la eliminación de las pensiones no afectará a ningún ciudadano que padezca una discapacidad real. En ese sentido, afirman que fue la gestión de Alberto Fernández la que más aumentó los beneficiarios, pero por motivos políticos y no porque se repartieron para quienes las necesitaban.
Ravier explicó que las pensiones no contributivas por invalidez laboral están destinadas a personas que no pueden trabajar y carecen de medios de subsistencia, por lo que su otorgamiento no depende exclusivamente de la existencia de una discapacidad o de la tenencia del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
La existencia de bienes registrados a nombre de los beneficiarios fue presentada por el Ejecutivo como un indicio que requiere revisión, aunque no implica por sí misma la acreditación de una maniobra fraudulenta.
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