El Gobierno prorrogó la emergencia sanitaria por un año: quiénes deben permanecer aislados

Había sido declarada originalmente el 12 de marzo de 2020 como una forma de “dotar al Estado de las herramientas necesarias para combatir la pandemia”

El Gobierno prorrogó la emergencia sanitaria por un año

En medio del rebrote de contagios, el Gobierno nacional prorrogó a través de un decreto la emergencia sanitaria por un año, hasta el 31 de diciembre de 2022.

La medida había sido declarada originalmente el 12 de marzo de 2020 como una forma de “dotar al Estado de las herramientas necesarias, adecuadas, eficaces y transparentes para combatir la pandemia de coronavirus”.

La normativa designa al Ministerio de Salud como “autoridad de aplicación” y le permite “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”.

En ese sentido, la cartera que conduce Carla Vizzotti podrá dictar las normas que resulten necesarias a fin de dar cumplimiento del reciente decreto y podrá modificar plazos y establecer las excepciones que estime convenientes, con la finalidad de mitigar el impacto de la epidemia y adaptar la normativa a la dinámica de la misma”.

Por ejemplo, podrá “establecer nuevas medidas, o modificar las vigentes, para cada definición de casos (sospechosos, confirmados, contactos estrechos), así como las acciones preventivas, las medidas de aislamiento obligatorio y/o sus excepciones, y las recomendaciones sanitarias para cada supuesto, por los plazos que en el futuro se determinen, según la evolución epidemiológica y el avance de la campaña de vacunación”.

En su artículo 7, el decreto detalla cuáles son consideradas las actividades de mayor riesgo epidemiológico. Entre ellas se destacan los viajes grupales de egresados y jubilados, las discotecas, las actividades en salones de fiesta y los eventos masivos de más de mil personas, ya sean en espacios abiertos o cerrados.

A su vez, aclara que la autoridad sanitaria nacional podrá establecer o recomendar medidas, requisitos o condiciones respecto de su realización. Asimismo, “podrá modificar el listado de actividades enunciadas según la evolución epidemiológica y las condiciones sanitarias”.

El ministerio de Vizzotti también determinará los corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres, así como los puntos de entrada al país “que reúnen las mejores capacidades para responder a las necesidades sanitarias”.

Además, el nuevo decreto también prorroga todos los protocolos sanitarios vigentes (artículos 14). “Todos los requisitos adicionales o modificatorios dispuestos en este decreto o en su normativa complementaria se consideran incluidos en los mencionados protocolos y serán exigibles a partir de su entrada en vigencia”, aclara el texto.

Crecimiento de los casos

A nivel nacional, los casos reportados crecieron 86% en la última semana y, según los datos de ayer, otras 15 personas murieron y 13.456 fueron reportadas con coronavirus en las últimas 24 horas en la Argentina, con lo que suman 116.979 los fallecidos registrados oficialmente a nivel nacional y 5.428.957 los contagiados desde el inicio de la pandemia, según el Ministerio de Salud.

El decreto publicado hoy establece que “las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizar, en forma conjunta con el ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias”.

“Las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán remitir al Ministerio de Salud de la Nación toda la información que este les requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Asimismo, deberán cumplir con la carga de información exigida en el marco del “Monitoreo de Indicadores de Riesgo Epidemiológico y Sanitario – Covid19”, agrega la norma.

En los considerandos se habla de la detección de “variantes del virus SARS-CoV-2 consideradas de preocupación (Alpha, Beta, Gamma, Delta y Ómicron) en diversos países, afectando a diversos continentes” y se precisa que “a excepción de Sudamérica, la variante Delta circula de manera predominante en el resto de las regiones del mundo”.

Asimismo recuerda que el 25 de noviembre de 2021 la OMS declaró a la nueva variante del coronavirus B.1.1.529 denominada “Ómicron” como “variante de preocupación” en todo el mundo por el “alto riesgo de contagio”.

“Por estas razones, es preciso prorrogar y mantener las medidas sociales y de salud pública de eficacia para reducir el riesgo de contraer Covid-19”, dice el decreto y concluye que “en la situación actual, resulta necesario prorrogar nuevamente la emergencia sanitaria” en el país.

Contactos estrechos y aislados

El decreto detalla que deberán permanecer aisladas las personas que revistan la condición de

“casos sospechosos”, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o resultado negativo; quienes sean “casos confirmados”, por el plazo de 10 días desde la fecha de inicio de síntomas o del diagnóstico, en casos asintomáticos; los “contacto estrecho”, por un plazo de 10 días, que podrá ser reducido a 7 en caso de contar con test de PCR negativo.

Asimismo, quienes arriben al país desde el exterior, cuando no cuenten con esquema de vacunación completo o cuando no hayan transcurrido 14 días desde que hayan completado su esquema de vacunación, por el plazo de 10 días, contados desde la fecha de toma de muestra de la PCR realizada dentro de las 72 horas previas al viaje. Además, se recordó que “el ingreso al territorio nacional se realizará por los corredores seguros”.

También se sumaron algunas políticas sanitarias que ya se vienen implementando desde hace tiempo, como que “las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos”, excepto “cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia” y “ventilar los ambientes en forma adecuada y constante”.

Por último, se agregaron una serie de incisos en los que se insta al Estado a, entre otros puntos, “articular las medidas que resulten necesarias para mitigar el impacto de la pandemia por COVID-19 con las entidades representantes de los efectores privados y de la seguridad social que forman parte del sistema nacional de salud”.

Asimismo, se ordena avanzar con “acciones de salud mental y apoyo psicosocial con el fin de mitigar el impacto de la pandemia en la salud mental de las personas” y reformular las medidas preventivas, el aislamiento obligatorio y/o sus excepciones, y las recomendaciones sanitarias para cada definición de los casos (sospechosos, confirmados, contactos estrechos), “según la evolución epidemiológica y el avance de la campaña de vacunación”.

En los considerandos del DNU, el Gobierno destacó que al 20 de diciembre el 93% de los mayores de 18 años y el 91,4% de la población mayor de 12 años tiene al menos una dosis de la vacuna contra el coronavirus. El 82,4% de los mayores de 18 años tiene el esquema de inmunización completo.