El Gobierno eliminó aranceles en trámites clave para profesionales y centros de salud

El Ministerio de Salud de la Nación dispuso la eliminación de aranceles para trámites vinculados a habilitaciones, certificaciones, matriculaciones y autorizaciones de establecimientos y profesionales que se desempeñan en el sector. Lo hizo a través de la Resolución 1938/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y entra ya en vigencia por lo que los trámites iniciados desde este 12 de junio ya no estarán sujetos al pago de aranceles, salvo en los casos expresamente exceptuados.

Según detalla el texto oficial, la disposición busca remover barreras económicas que dificultan la apertura, regularización o expansión de servicios de salud en el país. En particular, apunta a facilitar el acceso a trámites esenciales para pequeños prestadores, centros comunitarios, unidades de atención primaria y establecimientos de salud mental.

La cartera conducida por Mario Lugones justificó la medida en la necesidad de promover una oferta sanitaria más amplia y accesible, permitiendo que los recursos antes destinados al pago de aranceles puedan ser redirigidos a mejorar la infraestructura y la atención. El objetivo, en definitiva, es eliminar las barreras económicas que dificultaban la instalación y el funcionamiento de establecimientos médicos y simplificar el acceso a las gestiones administrativas esenciales.

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La resolución deroga la norma 3314 dictada en octubre de 2023, que había establecido los montos arancelarios para los trámites mencionados. A partir del nuevo esquema, quedan comprendidos dentro de la gratuidad todos los procedimientos vinculados al funcionamiento del sistema sanitario, como la habilitación de centros médicos, consultorios, clínicas, laboratorios y dispositivos de salud mental; las certificaciones administrativas requeridas para operar; las matriculaciones y reinscripciones de profesionales del sector; y las autorizaciones regulatorias exigidas por el Ministerio de Salud.

La gratuidad alcanza a todos los trámites iniciados a partir de la entrada en vigencia de la norma, sin efecto retroactivo. En cambio, se mantienen los aranceles aplicables a los trámites gestionados por la Dirección de Sanidad de Fronteras y Terminales de Transporte, que incluyen principalmente gestiones vinculadas al transporte internacional -aéreo, marítimo y terrestre- y al control sanitario en pasos fronterizos.

Por otro lado, la norma ratifica la exención de aranceles que ya regía para los establecimientos sanitarios públicos de jurisdicción nacional, los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad, y los que dependen de universidades nacionales. Esa política se incorpora ahora al nuevo esquema general y se mantiene vigente en todos los casos. 

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