Covid-19 | Saladillo acata el DNU y se establecen restricciones a reuniones y actividades

Se restringe la circulación entre las 18:00 y las 6:00. Prohíben las reuniones sociales y familiares, actividades deportivas y religiosas. Comercios en general, hasta las 18:00, y los gastronómicos con delivery y takeaway hasta las 23.

Vista del acceso de la Avenida Ibañez Frocham.

La Municipalidad de Saladillo informó que a partir de la hora 00:00 del día sábado 22 de mayo del corriente, comenzarán a regir las nuevas medidas dispuestas en el marco de la reunión mantenida por el Comité de Emergencia Sanitaria y en razón de las restricciones establecidas por el Gobierno Nacional y Provincial.

Las medidas regirán por el lapso de nueve días, desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo inclusive. En primer lugar se prohíbe el desarrollo de reuniones sociales y familiares, ya sea en espacios públicos y/o en domicilios privados.

Asimismo se prohíbe la circulación por vía pública en el horario entre la hora 18:00 y la hora 06:00 del día siguiente, excepto personas especialmente autorizadas. Se recomienda circular solo en caso de necesidad y por las cercanías del domicilio, a fin de lograr bajar de manera significativa la circulación de personas en vía pública.

La actividad comercial en general podrá funcionar hasta la hora 18:00 como máximo. A partir de esa hora, la actividad comercial gastronómica –bares, restaurantes, heladerías, cervecerías, etc.- podrán funcionar, solamente bajo la modalidad delivery y/o con retiro en el local, hasta la hora 23:00.

También se suspende el desarrollo de actividades deportivas colectivas de contacto y las actividades religiosas en forma presencial. Las farmacias y centros de salud podrán continuar con su actividad sin restricción horaria.

En lo concerniente al funcionamiento de los Jardines Maternales Municipales, talleres municipales, Centros de Asistencia Integral (C.A.I.), Escuelas Deportivas Municipales, escuelas de idiomas privadas y apoyo escolar, los mismos quedarán sujetos a lo que disponga la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia para el desarrollo de las clases del Sistema Educativo formal.

Las agencias de remises deberán confeccionar un registro de las personas que trasladen en la franja comprendida desde la hora 18:00 y hasta la hora 06:00 del día siguiente, donde deberá constar nombre y apellido de los pasajeros, número de D.N.I., motivo del traslado y domicilio a donde se dirige, lo cual debe estar enmarcado solo en lo esencial.

Por último explicitan que aquellas personas que se encuadren en rubros esenciales deberán gestionar el permiso para circular a través de la aplicación “CUIDAR”.