Bucci | “Los jubilados deben cobrar los juicios en vida”

“Es inaceptable que deban recurrir a la Justicia para reclamar lo que por derecho les corresponda y, mucho más cuestionable resulta que la Anses dilate injustificadamente los juicios para luego incumplir las sentencias”, expresó Marcela Bucci. En consonancia con un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación, la concejal de Juntos por el Cambio 25 de Mayo dijo que las sentencias “deben cumplirse” y que los plazos legales “deben abreviarse”.

“La tutela judicial debe ser rápida y efectiva, porque Justicia lenta no es justicia, porque los jubilados deben cobrar los juicios en vida”, afirmó. “En este momento, el tiempo promedio de duración de un juicio de reajuste previsional oscila entre los 7/10 años, en los cuales el jubilado o pensionado debe atravesar una serie de obstáculos que, muchas veces, vuelven imposible el acceso a sus derechos”.

También la edil sostuvo que “según información brindada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) al 31/01/2021 “el stock de causas previsionales en trámite en las que el Organismo es demandado asciende a 261.676”, cantidad que se incrementa a diario”.

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“Todos los jubilados poseen el derecho a percibir jubilaciones dignas y móviles, acordes a los aportes que efectuaron mientras trabajaban. “Es inaceptable que deban recurrir a la justicia para reclamar lo que por derecho les corresponda y, mucho más cuestionable resulta que, el ANSES dilate injustificadamente los juicios para luego incumplir las sentencias”, expresó Bucci.

Al mismo tiempo, señaló que “en la actualidad, conforme el artículo 22 de la ley 24.463, la ANSES cuenta con 120 días hábiles para cumplir con las respectivas sentencias y, si bien el plazo es excesivamente amplio, son pocas las sentencias que se cumplen en tiempo y forma, exigiendo a los jubilados iniciar la correspondiente ejecución de sentencia”.

Bucci destacó así el proyecto presentado que tiene por objetivos centrales: reducir de 120 a 90 días el plazo para que la ANSES cumpla con las sentencias de reajuste previsional; permitir que el juez reduzca dicho plazo a 30 días, en caso de padecer el jubilado alguna enfermedad grave; y eximir del pago de ganancias a todos los retroactivos producto de juicios de reajuste.

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