LLA presentó un proyecto para que las multas impagas no impidan renovar el carnet de conducir

Califica de "mecanismo de cobro coactivo" el sistema que rige.

Diputados de LLA presentaron un proyecto para evitar que las multas de tránsito impidan la renovación de la licencia de conducir, al tiempo que criticaron el sistema actual al que consideraron que los municipios usen el trámite de aptitud vial para efectuar un “cobro coactivo.”

La propuesta señala que ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir la acreditación de un certificado de libre deuda como documento para iniciar, tramitar, otorgar, renovar o solicitar un duplicado del registro por considerarlo “un mecanismo de extorsión para agrandar la caja”.

La iniciativa fue redactada por el diputado de LLA PBA Juanes Osaba, propone que las multas continúen cobrándose por las vías legales, pero que dejen de funcionar como una barrera para tramitar o renovar la licencia de conducir en la provincia de Buenos Aires.

“El registro de conducir es para manejar, no para recaudar. Si una multa corresponde, que el Estado la cobre por las vías legales, pero no impidiendo que un vecino pueda renovar su licencia como mecanismo de extorsión para agrandar la caja”, dijo Osaba.

El proyecto de ley modifica el artículo 8.º de la Ley Provincial de Tránsito N.º 13.927 y así evitará que la renovación de la licencia de conducir quede condicionada al pago previo de multas, tributos o tasas administrativas.

Hoy muchos bonaerenses llegan a renovar el registro y descubren que el trámite quedó condicionado al pago de multas. Eso no mejora la seguridad vial, solo convierte la licencia en una herramienta de recaudación”, explicó Osaba.

La propuesta establece que ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir la acreditación de un certificado de libre deuda como requisito para iniciar, tramitar, otorgar, renovar o solicitar un duplicado del registro.

También dispone que las actas de comprobación, infracciones en trámite y multas impagas que no hayan sido juzgadas o no cuenten con una sentencia firme y ejecutoriada no podrán impedir la realización del trámite. En esos casos, el organismo encargado de emitir la licencia podrá informar al solicitante sobre el estado de sus antecedentes, pero esa comunicación tendrá únicamente carácter informativo.

El Estado, por su parte, conservará sus facultades para reclamar las sumas adeudadas mediante los procedimientos legales correspondientes.

Por último, el proyecto diferencia las deudas económicas de las sanciones que afectan directamente la posibilidad de conducir. Por esa razón, no modifica las inhabilitaciones ni las sanciones firmes dictadas por los organismos competentes que impidan manejar en la provincia de Buenos Aires o en otra jurisdicción del país.